Una de las diferencias más importantes entre el matrimonio civil y la UMH es la seguridad jurídica del momento de aparición de la sociedad conyugal. En el matrimonio, no cabe duda de que la sociedad conyugal surge con la firma del contrato matrimonial, aunque su no aparición puede consentirse mediante un pacto de capitulaciones. En la UMH, en cambio, aunque la sociedad patrimonial surge desde el inicio de la convivencia, deben transcurrir al menos dos años para que pueda constatarse su existencia.
Por último, existe otra diferencia a priori: la terminología del requisito de liquidación de la sociedad correspondiente. Ahora bien, para el caso una sociedad patrimonial, los compañeros permanentes dispondrán de un año desde la fecha de disolución la unión para tramitar la liquidación, que podrá hacerse mediante elevación a público del acuerdo entre las partes o por vía judicial si la liquidación es litigiosa. Si transcurre un año sin que se emprenda ninguna acción, se perderá la oportunidad de liquidar la sociedad y cada compañero se quedará con los bienes que tenga a su nombre.
En el caso del matrimonio civil, no existe un plazo para la extinción de la sociedad conyugal, ya sea de mutuo acuerdo o judicialmente, pero sí existe un plazo de prescripción para plantear la causa de divorcio que exija la obligación de pagar una pensión alimenticia. En este sentido, en ambos casos, es importante llevar un control del tiempo a determinados efectos.
Tanto el matrimonio como la UMH tienen sus ventajas e inconvenientes. Desde el punto de vista de la seguridad jurídica, el matrimonio proporciona certeza en cuanto al momento de inicio y finalización, por lo que celebrar matrimonios y divorcios es más difícil y requiere más trámites. Desde el punto de vista económico, puede ser más conveniente conservar los bienes muebles e inmuebles como propios para evitar conflictos sobre los activos o pasivos de la empresa. Sin embargo, la flexibilidad para poner fin a una UMH puede ser tan beneficiosa como peligrosa, aunque lo mismo puede decirse de la obligación de mantener un matrimonio involuntario.
En cualquier caso, conviene reflexionar sobre la decisión a tomar de cara al futuro de la pareja y es absolutamente imprescindible asesorarse por un experto en la materia, sobre todo cuando se trata de patrimonios. Lo anterior también aplica para matrimonio con extranjero en Medellín